El 1 de octubre de 2021 el 100% de la plantilla de las empresas del Sector Metal tiene que estar formada en PRL.

07 Junio 2021 Sector Metal Formación PRL

En 2017, con la publicación del II Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la tecnología y los servicios del sector del metal, se estableció que, desde esa fecha, la formación de prevención de riesgos laborales era obligatoria para todos los trabajadores del sector metal.

En 2019 se publicó el III Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la tecnología y los servicios del sector del metal y en él se recogían varias novedades como la obligatoriedad de que en 2021 el 100% de la plantilla esté formada en prevención de riesgos laborales, que el reciclaje de estas formaciones debe ser cada 4 años y que existen 30 oficios.

Fecha límite para formar al 100% de los trabajadores/as

Por lo tanto, el próximo 30 de septiembre de 2021 es la fecha final, del plazo establecido de cuatro años, en la que todas las personas trabajadoras del sector metal deberán disponer de la formación de prevención de riesgos laborales necesaria para el desarrollo de su actividad, tal y como se indica en el convenio sectorial estatal.

La formación afecta a todos los trabajadores del sector metal tanto los que acceden a obra de construcción como los que no.

De modo que, una vez cumplida esta obligación, a partir del 1 de octubre se podrá iniciar la formación de prevención de riesgos laborales de reciclaje de las personas ya formadas, en un nuevo período de cuatro años.

Conviene recordar, que esta formación la imparten los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales homologados por la FMF (Fundación del metal de la formación), como Cei Prevención, y también la propia FMF.

Formación de prevención de riesgos laborales

La normativa indica que la formación de prevención de riesgos laborales de los trabajadores debe ser teórico-práctica, suficiente y adecuada. Además, en toda persona trabajadora que no acceda a obra, la formación tiene que ser según puesto y oficio.

  • Por puesto de trabajo: directivos y oficinas. 6 horas que pueden ser presenciales o teleformación.
  • Por oficios: 20 horas (12+8) y siempre presenciales. 12 horas parte común y 8 horas parte específica por oficio. (Ejemplo: si la misma persona utiliza carretilla y puente-grúa, las 12 horas son comunes. Haría 12 horas de parte común + 8 específica de carretilla + 8 específica de puente-grúa).
  • Formación básica de PRL: establecida en el reglamento de prevención. En el convenio específica cómo debe ser. Esta formación capacita para ser recurso preventivo. 50 horas, 42+ 8. 42 horas de parte común + 8 horas de parte específica según oficio. De las 42 horas de parte común, 12 pueden ser mediante teleformación.
 
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