¿Qué no es obligación de la empresa en riesgos laborales?
Cuando se habla de prevención, muchas veces se da por hecho que la empresa debe asumir absolutamente todas las responsabilidades en materia de seguridad y salud. Sin embargo, existen tareas, comportamientos y decisiones que no son obligación de la empresa en riesgos laborales, y que corresponden al propio trabajador o dependen de factores externos. Conocer este límite no solo ayuda a evitar malentendidos, sino que mejora la coordinación entre empresa, servicio de prevención y plantilla.
En este artículo te explicamos de forma clara qué no forma parte de las obligaciones empresariales en PRL, qué sí es exigible legalmente y por qué la colaboración del trabajador es imprescindible para que la prevención funcione.
Qué no es obligación de la empresa en riesgos laborales
No es obligación de la empresa usar los EPIs por el trabajador
La empresa debe entregar y explicar el uso de los equipos de protección, pero no puede utilizarlos por el trabajador ni sustituir su responsabilidad personal. El uso correcto, continuo y adecuado de los EPIs depende del propio empleado.
No es obligación de la empresa controlar cada acción del trabajador
La vigilancia continua o supervisión constante no es viable ni exigible. La empresa debe establecer normas, formar, informar y supervisar de forma razonable, pero el cumplimiento diario de la seguridad depende también del trabajador.
No es obligación de la empresa asumir imprudencias temerarias
Si el trabajador ignora instrucciones, actúa deliberadamente contra las normas o se expone a riesgos de forma temeraria, la responsabilidad no recae en la empresa.
No es obligación de la empresa garantizar un riesgo cero
La ley habla de reducir riesgos “hasta niveles razonablemente practicables”. El riesgo cero no existe: no se puede exigir a la empresa eliminar completamente cualquier posibilidad de accidente.
No es obligación de la empresa aceptar revisiones médica que el trabajador rechace
La vigilancia de la salud suele ser voluntaria. En la mayoría de los casos, si el trabajador no quiere acudir al reconocimiento médico, la empresa no puede obligarle, salvo situaciones excepcionales recogidas por ley.
No es obligación de la empresa asumir responsabilidades de otras compañías en trabajos con contratas
En entornos donde trabajan varias empresas, cada una mantiene sus obligaciones. La empresa principal debe coordinar, pero no asume las obligaciones preventivas exclusivas de las subcontratas.
No es obligación de la empresa costear daños derivados de uso indebido o modificaciones no autorizadas de máquinas o equipos
Si un trabajador altera un equipo sin permiso o utiliza maquinaria para una función distinta a la prevista, la empresa no es responsable de las consecuencias de ese uso incorrecto.
Qué sí debe hacer la empresa en materia de PRL
Una vez vistas lo que no tiene que hacer, vamos a recordar cuáles sí son las obligaciones del empresario en materia de prevención de riesgos laborales:
- Realizar una evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva.
- Formar en informar a los trabajadores.
- Vigilar la salud (conforme a la ley 31/1995 y respetando la confidencialidad).
- Proveer equipos de protección adecuados.
- Garantizar que los equipos y las instalaciones sean seguros.
- Coordinar la actividad preventiva con otras empresas que operen en el centro de trabajo.
Definir los límites preventivos no implica restar responsabilidad a la empresa, sino reforzar una cultura preventiva equilibrada. Las obligaciones empresariales son amplias, pero no ilimitadas. Cuando cada persona —empresa, mando y trabajador— asume su parte, la seguridad se convierte en un esfuerzo compartido y realmente efectivo.
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